¡Acreditado! tu web o mail te delata…
Una de las cuestiones que más me sorprende últimamente a la hora de preparar un pleito es la cantidad de información que tanto empresas como particulares tienen en sus webs, redes sociales o mensajes públicos. Parece que mucha gente aún no ha asimilado que lo que aparece en la red pone de manifiesto, en muchas ocasiones, realidades que contrastan con sus escondidas intenciones o peticiones.
En particulares se puede entender que una persona o un trabajador se deje llevar por las emociones de las redes sociales y suba fotos de actividades absolutamente incompatibles con situaciones de baja médica, incapacidades o lesiones simuladas, pero me llama la atención como empresas de cierto renombre no cuidan ni lo más mínimo la información que dan en sus páginas oficiales respecto a su equipo, grupo de empresas, actividades o situación económica real. A nadie le gusta crear una web para mostrar lo mal que le van las cosas, lo pequeños que son o el equipo reducido de profesionales que lo forman y claro, plasman en su web corporativa información que les compromete cuando en demandas judiciales tienen que acreditar que están en una situación financiera delicada, o que cierto profesional no trabaja para ellos o que no tienen ningún tipo de relación con una empresa de grupo.
Lo primero que hago cuando tengo que acreditar o deslegitimar un argumento de una empresa o un particular respecto a estas cuestiones es ir a “San Google” y buscar un poco, y no os podéis imaginar la cantidad de sorpresas que me llevo. En la red todo es maravilloso y nos va todo muy bien y esto no cuadra con procesos judiciales por impagos, despidos por causas económicas o solicitudes de incapacidad.
Y ¿Cómo se acreditan estas informaciones en la red?,
Pues tan sencillo como subir al notario que está justo encima del despacho y solicitar un acta que acredite el contenido de una determinada web en una fecha concreta. El notario imprime la web y protocoliza su contenido, y listo!, y además mucho más barato que un detective. La prueba consistente en esa acta notarial del contenido de una web o red social pública es válida en el proceso y normalmente deja en absoluta evidencia a aquel que al ser interrogado niega una y otra vez una cuestión y al momento visualiza su propia web…la cara de asombro que se les queda os la podéis imaginar, así que ojo que a las palabras se las lleva el viento pero a las webs no…
Utilización de contenidos web en juicio.
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