Otra de las preguntas clásicas de los emprendedores que ponen en marcha negocios on line, blogs o web corporativas. Con todo lo que está cayendo sobre derechos de autor, propiedad intelectual y cierres repentinos de webs de enlaces, es un tema que empieza a preocupar por el desconocimiento sobre el mismo y por la repercusión mediática que conlleva. El 13 de febrero el Tribunal de Justicia Europeo, mediante su sentencia, dio un poco más de luz sobre la respuesta a la pregunta del millón que adoptamos como título ¿puedo poner enlaces a otras páginas en mi blog o web?.
La cuestión resuelta trata de dar solución a si es legal o no que un enlace en una web de links a noticias pueda dar acceso, mediante un titular, a los artículos de unos periodistas en un diario sueco. Los periodistas del diario sueco alegaban que la web de enlaces estaba utilizando sus artículos sin consentimiento y que por tanto vulneraba sus derechos de autor. La web de enlaces se defendía argumentando que se limitaba a indicar a sus clientes las páginas de Internet donde se encontraba la noticia que buscaban y que era evidente que sus clientes eran conscientes que la noticia estaba en otra página. El Tribunal sentencia, explicado de una forma breve, que no vulneran los derechos de autor aquellos enlaces a otras páginas cuyo acceso sea absolutamente libre y público, sin restricción alguna.
Aquellos contenidos para los que haya que pagar para el acceso a los mismos, no pueden ser enlazados de forma gratuita por otras webs, pero por el contrario si la obra de un autor es pública, de libre acceso en la web originaria, el enlace a la misma es legal y no vulnera el derecho de autor. A modo de ejemplo, un enlace en un blog a un ejemplar del suplemento Emprenem, por cuyos contenidos el usuario de Internet debe pagar, sí estaría restringido por los derechos de autor. En cambio, un enlace a una noticia que está abierta sin restricciones a todo el público internauta, por ejemplo las noticias no premium del diario Ara Balears, puede ser publicada en cualquier web, sin necesidad de consentimiento de los autores de la noticia.
En definitiva todo lo que sea público y de libre acceso no tiene las restricciones que sí tienen los contenidos previo pago o suscripción.
Así que, enlaces sí, pero ojo, no todo es público y, en todo caso siempre se puede ser cortés y solicitar permiso, porque a muchos les interesará tener el máximo tráfico posible en la web original…
¿Puedo poner enlaces a otras páginas en mi blog o web?
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Por tanto, en mi web,soy abogado, puedo enlazar a webs donde aparecen sentencias donde yo he formado parte como letrado, y que se pueden encontrar libremente sin pagar buscando en google y que llevan a la web de poder judicial o portal jurídico lex nova, por ejemplo.
Bueno de hecho, aunque no salgan en google, se encuentran gratis en la web de poder judicial, por tanto en aplicación de esta sentencia que comentas, no habría problemas
Efectivamente, así lo entiendo. Un enlace a la base de datos pública y abierta del Poder Judicial CENDOJ no vulneraría derechos de propiedad intelectual. En todo caso es conveniente ver las condiciones de uso de la web enlazada, ya que muchas limitan el enlace a sus páginas en determinadas condiciones. También habrá que esperar cómo acaba interpretándose y cómo afecta la modificación del art. 32 de la LPI que está pendiente de entrada en vigor…la famosa tasa google. Inicialmente creo que no debería afectar a este tipo de enlaces pero hay sombras.
Bueno, como enlazaré directamente a la web de poder judicial, no hay problemas entiendo. Muchas gracias por tus opiniones y comentarios, son muy útiles.
Entonces, es posible crear una pagina web sin el consentimiento de los autores, algo como http://www.zergnet.com, donde si entras puedes ver una fotografía y el encabezado de una noticia, que al darle click a la imagen o el encabezado automáticamente te envía a la pagina donde esta publicada la nota. Ellos al parecer el cobran a la pagina donde se publica la nota, todo esto por llevarles trafico, sin embargo, sin no me interesa cobrarles, es posible hacer algo parecido sin si quiera ponerse en contacto con la web?
Saludos.
No sería muy recomendable. El artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual ha sido modificado y en España, dependiendo del tipo de web, no puedes, en teoría, enlazar a medios de noticias, aunque sean públicas como decía la sentencia. La famosa tasa Google, que a ver cómo se gestiona. En todo caso, en tu web, si vas a tener publicidad y por tanto fin comercial, ojo con enlazar sin autorización y mucho más con poner fotos con derechos de autor restringidos. La mayoría de páginas en sus condiciones de uso o aviso legal establecen restricciones a los enlaces y requieren previa autorización. Otra cosa es que resulte absurdo intentar reclamar daños y perjuicios a tu web si le envías tráfico de forma gratuita, por lo que a efectos prácticos no hay muchas probabilidades que te requieren el cese del enlace o daños y perjuicios, pero si quisieran, probablemente podrían.
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