Ver más abajo actualización 21/4/2012 (*):
Se corrige error en incremento ITP en Baleares

Es muy posible que en breve haya una modificación o corrección del incremento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Baleares aprobado por el Decreto-ley 4/2012 (BOIB 31/3/2012) con efectos desde 1 de mayo 2012.

Dicho Decreto-ley establece que el ITP aplicable con carácter general a la transmisión de inmuebles debe calcularse en base a la siguiente escalaprogresiva del 7% al 10% en función del valor total del inmueble:

Pues bien, LA APLICACIÓN DE DICHA ESCALA PROVOCA EN DETERMINADOS CASOS UN “ERROR DE SALTO” que es necesario corregir en base a lo establecido en el artículo 56.3 de la Ley General Tributaria.
Así por ejemplo, aplicando la escala publicada en el BOIB del 31/3/2012:

-Por la compra de un inmueble de 500.000€ habrá que pagar un ITP de 37.000€
-Por la compra de un inmueble de 501.000€ habrá que pagar un ITP de 40.080€
Evidentemente se produce un error de salto, porque la base se incrementa sólo en 1.000€ y la cuota a pagar se incrementa en 3.090€. Para estos supuestos, la Ley General Tributaria establece en su artículo 56.3 que la Administración deberá reducir de oficio la cuota a pagar. Siguiendo con nuestro ejemplo, como la base excede en 1.000€ el límite establecido, la  cuota sólo podría aumentar en esos 1.000€,  de modo que habría que pagar 38.000€ (37.000+1.000) y no los 40.080€.
En concreto, el art. 56.3 de la Ley General Tributaria establece:
“La cuota íntegra deberá reducirse de oficio cuando de la aplicación de los tipos de gravamen resulte que a un incremento de la base corresponde una porción de cuota superior a dicho incremento. La reducción deberá comprender al menos dicho exceso”.
Con todo, HABRÁ QUE ESTAR MUY ATENTOS EN LOS PRÓXIMOS DÍAS PARA VER SI LA HACIENDA BALEAR DECIDE MODIFICAR O CORREGIR LA ESCALA publicada en el BOIB del 31/3/2012, PARA CORREGIR LOS IMPORTANTES ERRORES DE SALTO que se pueden producir. En cuanto haya noticias, criterios o normas al respecto informaremos a través de este blog y a través de nuestra página web www.consultingdms.com
Palma, 11 abril 2012
Alejandro del Campo Zafra
Abogado-Asesor Fiscal

(*) Actualización 21/4/12: en el BOIB de 21/4/12 se publica Acuerdo del Consell de Govern que viene a corrigir «ERROR MATERIAL» en la escala del Decreto-ley 4/2012 que incrementa el ITP en Baleares a partir de 1 mayo 2012. En la segunda columna de la escala (cuota íntegra), donde dice 40.000,00 y 63.000,00 debe decir 37.000,00 y 55.000,00. Viene a corregir el error de salto suavizando el incremento del ITP, pues la cuota a pagar en inmuebles con valor superior a 700.000,00 € se reduce en 8.000 €.


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