A partir de octubre de 2018, los autónomos estarán obligados a realizar los trámites con la Seguridad Social de manera totalmente online, ahora bien hay algunas excepciones que os indicaremos:

El Sistema RED es un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para que empresas, agrupaciones empresariales y autónomos puedan tener mediante internet, y de manera totalmente segura, un contacto directo con la Administración Pública.

Mediante el sistema RED, tanto los trabajadores autónomos inscritos como la TGSS, pueden intercambiar todo tipo de información y documentos de cotización, afiliación y partes médicos. Por tanto, el objetivo de este Sistema es facilitar el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social por parte de los autónomos, de manera que puedan hacer todos estos trámites de una forma sencilla.

¿Qué autónomos deben inscribirse en el sistema RED?

La inscripción es obligatoria para todos los autónomos a partir de octubre de 2018. Si bien es cierto que la Orden ESS/484/2013 especifica que los trámites podrán hacerse por los propios autónomos como por los representantes legales.

Esto significa que los autónomos o sus representantes legales deberán estar pendientes de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para estar al tanto de las notificaciones que puedan enviarte, como por ejemplo cualquier reclamación de deuda.

Los únicos autónomos que no deben inscribirse son exclusivamente el colectivo de profesionales taurinos y los incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, así como a los autónomos inscritos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

¿Cómo pueden los autónomos gestionar sus trámites con la Seguridad Social?

La Tesorería General de la Seguridad Social, dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

1- El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través de este sistema, el autorizado RED (representante) actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.

En este supuesto, para poder asignar a un autorizado RED, una vez instalado el certificado en el ordenador, y previa solicitud por parte de la persona a la que se vaya a designar como autorizado RED a través del sistema red, se tiene que asignar al representante o autorizado red a través de la página web de la seguridad social:

INSTRUCCIONES Asignación autorizado Red en la Seguridad Social:

– Hay que entrar en la página de la seguridad social (www.seg-social.es) ir a la Sede Electrónica: EMPRESAS – RED – CONFIRMACIÓN DE ASIGNACION DE NAF O CCC A UN AUTORIZADO RED (para alta nueva empresa o autónomo)

2- La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en las SEDES. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE)

¿Cómo puede un autónomo inscribirse en el sistema RED y acceder a los servicios de las SEDESS?

El objetivo de este Sistema es que los autónomos puedan realizar los trámites con la TGSS de manera online y segura, para poder acceder al Sistema RED existen diferentes sistemas de autenticación.

1. Un certificado digital admitido por la Seguridad Social

2. El DNI electrónico

3. El sistema Cl@ve.

El más aconsejable es el certificado digital, ya que es el que permite acceder a todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos.

La Seguridad social ofrece al ciudadano la posibilidad de gestionar la obtención del certificado personal de la FNMT, puede encontrar toda la información en la siguiente guía del proceso de obtención del Certificado electrónico.

¿Qué plazo se da a los autónomos para inscribirse en el Sistema RED?

Si aún no están incluidos como autónomo en el Sistema RED, se da de plazo hasta el 31 de agosto para hacerlo.

Por tanto, a partir de que un autónomo se inscriba en el sistema RED (tiene de plazo hasta el 31 de agosto), las gestiones con la Seguridad Social que necesariamente deberá hacer online como autónomo, con o sin representantes legales, a partir del 1 de octubre de 2018 son:

Cotización y afiliación: ya es obligatorio que la cuota de autónomos se pague sí o sí por domiciliación bancaria. Además, servirá para gestionar sus altas y bajas en el RETA, así como todo lo referente a su cotización, como cambio de bases de cotización o cambio de cobertura por contingencias, variación de datos, o todo lo relacionado con los datos y documentación laboral de sus trabajadores, en el caso de que quieras contratar.

Comunicación de partes médicos: toda la información y trámites relativos al Instituto Nacional de la Seguridad Social, podrán hacerlos a partir de ahora a través del Sistema RED.

Asimismo, si vas a coger la baja de maternidad o paternidad, ya puedes realizar todas estas gestiones en el Sistema RED. Con respecto a las prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, estos trámites podrán hacerse mediante el Sistema RED a partir del 1 de enero de 2019.

También podrán realizarse todas las gestiones de autorizaciones.

Es muy importante que los autónomos tengan siempre el certificado digital habilitado antes de iniciar sus trámites de alta de autónomo para que puedas autorizar a tu gestor o representante a realizar el alta en tu nombre. Una vez gestionada su alta, tendría que incorporarse de manera obligatoria al sistema RED.