Tras la vorágine legislativa de fin de año es momento de analizar de forma práctica las implicaciones de la nueva normativa y como afectará a partir de este mes de enero en sus costes sociales. Los cambios son económicamente importantes y su conocimiento permitirá adaptarse y tomar las decisiones oportunas para que el incremento de costes sociales no suponga una carga inesperada y no controlada. Detallamos a continuación con ejemplos prácticos los supuestos principales.
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL POR CONCEPTOS DE NÓMINA QUE HASTA AHORA NO INCREMENTABAN LA CUOTA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Este mes de enero será el primero completo en el que determinadas mejoras o pluses que aparecían en nóminas cotizarán a la seguridad social. Hasta la fecha, si bien eran una mayor retribución al trabajador, no suponían coste de seguridad social añadido. La lista de conceptos que ahora sí incrementan los costes de seguridad social en, aproximadamente, un 35%, son los siguientes:
1. plus de transporte
2. contribuciones a planes de pensiones
3. entrega gratuita o a menor precio de acciones de la empresa o de empresas del grupo
4. tickets de comida
5. servicios de guardería
6. seguros médicos y de responsabilidad civil o accidente
7. gastos de locomoción o manutención generados sin salir del municipio del centro de trabajo.
Si en las nóminas de su empresa aparecen estos conceptos tiene que saber que este mes de enero notará un aumento en sus costes totales.
El concepto más común que a partir de ahora conllevará un mayor coste de seguridad social es el plus de transporte que en Balears se abona por convenio colectivo en sectores como hostelería, comercio, peluquerías, hospitales, construcción, jardinería, rent a cars…
En comercio, hostelería o jardinerías el incremento de costes de seguridad social por la modificación normativa supone de media unos 32€ por mes y trabajador a jornada completa.
A las empresas de construcción, peluquerías u hospitales, a partir de enero tendrán que sumar unos 18€ por mes y trabajador a jornada completa a sus costes sociales.
De igual forma también era común en ciertas empresas abonar seguros médicos para el trabajador y sus familiares, cuantías que no cotizaban a la seguridad social. Normalmente se ajustaban dichos importes a la cuantía exenta de 500€ anuales por persona. Con el cambio si las empresas siguen abonando estos seguros médicos de los trabajadores tendrán un coste añadido de unos 14€ al mes. El abono de seguros médicos no deja de ser una mala opción, ya que el trabajador no paga impuestos de irpf por esa cuantía, pero sí se paga ahora seguridad social. En todo caso esta retribución en especie sigue siendo gasto deducible para las empresas.
Los trabajadores también verán reducidas sus cuantías netas a cobrar en las nóminas, ya que el cambio a conceptos que sí cotizan implica que al trabajador se le deduzca un 6% aproximadamente por su parte de cuotas sociales. Es decir, un trabajador de hostelería, comercio o jardinería cobrará neto en la nómina de enero unos 6€ menos. Por el contrario al incrementarse su base de cotización, las prestaciones de seguridad social que pueda percibir se incrementarán en lo que corresponda.
AUMENTO DE LAS CUOTAS DE AUTÓNOMOS QUE SEAN SOCIOS DE LA SOCIEDAD EN LA QUE TRABAJEN Y DE SUS FAMILIARES.
Al incrementarse las bases mínimas de cotización para aquellos autónomos que ejercen su actividad mediante sociedades mercantiles, las cuotas también aumentan. De igual forma los familiares que trabajen en la sociedad y que también sean autónomos verán incrementadas sus aportaciones mensuales a la seguridad social. También se han aumentado las bases mínimas para aquellos autónomos que hubieran tenido 10 trabajadores en 2013.
Este cambio supone en la práctica que desde este enero los autónomos a los que hacemos referencia (socios, familiares que trabajan en una sociedad mercantil, o autónomos con más de 10 empleados) deben abonar mensualmente una cuota de 314€ y no los 261€ que se abonan en la situación general.
Estas dos situaciones, si bien no son las únicas, son las más significativas y las que más incidencia tendrán en la valoración de costes mensuales de las empresas.
CONCLUSIÓN
El aumento de los costes sociales está siendo ampliamente criticado desde la patronal, si bien parece prevalecer el criterio de necesidad de ingresos públicos inmediatos… Esperemos que estas medidas no supongan un nuevo freno a la contratación, ya que el aumento de costes no motiva demasiado a la incorporación de trabajadores a la plantilla.
Con mucha probabilidad los conceptos de pluses de transporte irán desapareciendo de los convenios colectivos, ya que su inclusión obedecía principalmente a incrementar salarios sin incrementar seguridad social y con este cambio se desvirtúan por completo. El aumento de estos costes provocará una negociación colectiva complicada ya que los empresarios no querrán asumir más costes de los que tienen actualmente, y la parte social no querrá perder salarios ya consolidados.
Seguiremos atentos porque ayer se confirmaba que se avecinan nuevos cambios en la normativa laboral…
Deja un comentario