Nuestro despacho denunció la referida obligación en febrero 2013 ante la Comisión Europea. Denunciamos por considerar que NO TODO VALE EN LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL. Las sanciones previstas en dicha normativa por cualquier incumplimiento de esa obligación, incluso por su presentación fuera de plazo, son devastadoras, incluso confiscatorias (fácilmente pueden superar el 120% del valor de los bienes) y ¡NO PRESCRIBEN, como ocurre con los delitos de genocidio o terrorismo!. Pueden literalmente, acabar con grandes defraudadores, pero también con modestos ahorradores despistados, y con muchos extranjeros que han fijado aquí su residencia y mantienen bienes fuera. Afecta a un elevadísimo número de personas residentes en España, pues para estar obligado a declarar es suficiente con tener algún tipo de participación, aunque sea simbólica, en cuentas, valores o inmuebles, si cualquiera de esos grupos de bienes tiene un valor superior a 50.000 Euros.
A raíz de nuestra denuncia, a la que siguieron muchas más, la CE inició un procedimiento de infracción contra España mediante el envío de una carta de emplazamiento el 19/11/2015, tal y como expliqué en el siguiente post:
Cuando se inició el procedimiento el Ministerio de Hacienda se mostró convencido de que los objetivos del Modelo 720 (la lucha contra el fraude fiscal) son conformes al Derecho comunitario. El ministro Sr. Montoro declaró que ha tenido una “eficacia enorme” en términos de lucha contra el fraude fiscal, que gracias a esta declaración pagan impuestos España ciudadanos que antes no los pagaban, y que España explicaría todo eso a la Comisión Europea, mostrándose convencido de que les acompañarían en un objetivo como ése, porque la prevención del fraude es prioritaria en Europa y porque es “imperdonable e injustificable” que un contribuyente alegue que se le ha olvidado declarar el dinero que tiene que fuera.
Pues bien, las explicaciones ofrecidas por España no han evitado el VARAPALO de Europa.
La CE acaba de publicar la siguiente nota de prensa: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-17-234_es.htm
Al final de la nota figura lo siguiente:
Dictamen motivado
Fiscalidad: la Comisión pide a ESPAÑA que vele por que sus normas sobre los activos mantenidos en el extranjero sean proporcionadas
La Comisión envía hoy un dictamen motivado a España pidiéndole modificar sus normas sobre los activos mantenidos en otros Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo («Modelo 720»). La Comisión considera que España tiene derecho de exigir a sus contribuyentes que notifiquen a las autoridades determinados activos que mantienen en el extranjero, pero las multas impuestas en caso de incumplimiento son desproporcionadas. Como las multas son mucho más altas que las sanciones aplicadas en un contexto puramente nacional, la normativa puede disuadir a las empresas y a los particulares de invertir en el mercado único o desplazarse por él. Por ello, estas disposiciones son discriminatorias y entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE. De no recibirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede llevar a España ante el TJUE.
Estoy intentando conseguir, en mi condición de denunciante, el texto completo del Dictamen Motivado, que me consta que está redactado en términos muy duros contra el Modelo 720, pero para ver la importancia de ese Dictamen Motivado y la posible reacción de España, recomiendo echar un vistazo al siguiente post:
https://www.consultingdms.com/modelo-720-principio-del-final-la-pesadilla/
Estupendo!!! Enhorabuena por tu trabajo! Sin embargo, a efectos prácticos en el corto plazo, ¿crees que va a tener algún efecto? Por ejemplo para alguien que quiera presentar el modelo 720 este año, pero correspondiente a ejercicios atrasados. Supongo que de momento se quedará igual y quizás por muchos años en vista de lo cabezones que son en el gobierno; no me extrañaría que hicieran caso omiso, hubiera que esperar un sentencia del tribunal europeo y su posterior aplicación moderado por el Tribunal Supremo .
Hola Sergio:
En mi opinión podría aprobarse algún cambio a corto o medio plazo. Urge librar de la «espada de Damocles» del 720 a las personas con bienes en UE o EEE. Ya veremos qué pasa con los que tienen sus bienes en países extracomunitarios. Pienso que el Dictamen ya da bastante más seguridad a los que se planteen regularizar su situación.
Saludos
Alejandro del Campo
En el dictamen de la CE no se hace referencia a la imprescriptibilidad, un asunto muy importante a aclarar y que tambien fue denunciado. . ¿ Es que solo se va a abordar el asunto de las multas ?
Gracias
Hola:
El Dictamen de la CE es muy escueto y «diplomático» pero también cuestiona clara y duramente la imprescriptibilidad.
Saludos
Alejandro del Campo
Hola Alejandro,
¿ Se puede ver en algún sitio ese dictamen ? He buscado por tu blog y no lo encuentro, la imprescriptibilidad.
Gracias y Saludos
Hola Alejandro. Enhorabuena por tu gran trabajo. Me parece muy vergonzoso que tu como parte demandante no tengas todavia el Dictamen de marras. Si eso es transparencia que venga Dios y lo vea…..Lamentable
Hola Alejandro, dos cuestiones, si no se arreglara el tema con territorios fuera de Europa (como hicieron con el ISD de No Residentes), como afectará a territorios que si han firmado intercambio de información como Gibraltar?
Y otras cuestión, es para una inspección ya iniciada, se podría pedir que se suspenda hasta que se aclare el asunto en Europa?, ya que si van a cambiar las sanciones, si me la ponen ahora sabiendo que se van a modificar es perjudicarme con recursos, avales, intereses…
Enhorabuena por tu labor.
Juan Manuel.
Hola Juan Manuel:
Esa es la gran cuestión planteada ahora, es decir si el legislador, tras el Dictamen de la CE, «suavizará» multas y consecuencias, y si lo hace se limita o no a activos situados en UE y EEE.
Habrá que esperar una semanas para ver si hay alguna reacción. En cuanto a la posible suspensión de una inspección ya iniciada, Hacienda no me consta que lo esté haciendo a pesar del inicio del procedimiento de infracción en noviembre 2015. También habrá que esperar para ver si cambio de criterio después del Dictamen Motivado. Desde luego, hay buenos argumentos a favor de la suspensión.
Saludos
Alejandro del Campo
Buenas tardes Alejando,
Se que alguien ya efectuado esta pregunta pero han podido recopilar una copia del dictamen emitido por la Comisión.
Un saludo.
Debo puntualizar que sus artículos son de gran interés..
Hola Patricia:
En principio el Dictamen se envía únicamente al Estado denunciado (España).
En todo caso, aunque la nota de prensa que hizo pública la CE el 15/2/17 (http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-17-234_es.htm) es sumamente “diplomática” y suave ME CONSTA que el Dictamen es MUY DURO y cuestiona claramente los 3 aspectos más controvertidos del Modelo 720:
-sanciones formales desproporcionadas, de 100 o 5000€ por dato, por ser MUY superiores a las que se imponen por incumplimientos “internos”
-imputación de los bienes no declarados o declarados fuera de plazo como ganancia patrimonial en IRPF sin posibilidad de alegar la prescripción,
-y sanción adicional del 150% sobre la cuota de IRPF que resulte.
Saludos
Alejandro del Campo
Hola Alejandro!! Enhorabuena por tu victoria merecida. Mi caso es que compré una vivienda en UE por valor de 50.100 € en 2012 (con obligación de declarar por tanto por muy pocos euros, pero ni me enteré del tema) y la vendí por 38.000 € (con perdidas patrimoniales por tanto ) en el año 2016. Merecería ahora la pena regularizar algo? ó no hay ya demasiada probabilidad de que la Hacienda cruzase datos y se enterase?.Aun enterandose, es un piso que se vendió por debajo de los famosos 50.000 € de límite. Quizá es mejor esperar a ver como queda el tema con la UE?. Para más señas se trata de un piso en Bulgaria. Gracias por tu consejo.
Hola Oscar:
Como norma general yo soy partidario siempre de regularizar (en tu caso tendrías pendiente un Modelo 720 2012 informando sobre la titularidad y otro Modelo 720 2016 informando de la venta) y de impugnar las posibles sanciones si es que te las imponen.
Saludos
Alejandro del Campo
Hola Ajelandro,
Han pasado casi 4 meses desde el dictamen motivado de la UE contra el modelo 720 y Bruselas aun no ha denunciado a España ante el TJUE.
¿A que están esperando? Los 2 meses de plazo para que el gobierno modifique el modelo ya han pasado y no ha habido ningún cambio.
Hola Javier:
Ciertamente España no ha hecho ni puñetero caso a la Comisión Europea, que claramente ordenó modificar la normativa en un plazo de 2 meses (antes del 15 abril 2017).
Me consta que España está intentando ganar tiempo ante la Comisión Europea y que ha presentado un extenso escrito con esa intención, pero me consta también que la Comisión Europea tiene clarísimo el tema, que el Modelo 720 vulnera de forma flagrante el Derecho UE y la jurisprudencia comunitaria, y más pronto que tarde dará el siguiente paso, presentando una demanda ante el Tribunal de Justicia de la UE. Mientras, la Hacienda española se tendrá que pensar muy bien a quién y cómo dispara con ese arma de destrucción masiva que es el Modelo 720, sabiendo que la CE les está «apuntando» a ellos, y con mucha determinación.
Tengo pendiente redactar un nuevo post comentando todo esto. En cuanto tenga un momento lo haré.
Saludos
Alejandro del Campo
Buenos dias Alejandro,
Efectivamente ya cuatro meses. ¿De que sirven los plazos? He leido que parece que Hacienda se está planteando la posibilidad de permitir durante un plazo y sin consecuencias, la posibilidad de regularizar los bienes nos declarados.
Sabes algo sobre esto Alejandro?
Que puede estar pasando ?
Saludos
Hola Sandra:
Ciertamente España no ha hecho ni puñetero caso a la Comisión Europea, que claramente ordenó modificar la normativa en un plazo de 2 meses (antes del 15 abril 2017).
Me consta que España está intentando ganar tiempo ante la Comisión Europea y que ha presentado un extenso escrito con esa intención, pero me consta también que la Comisión Europea tiene clarísimo el tema, que el Modelo 720 vulnera de forma flagrante el Derecho UE y la jurisprudencia comunitaria, y más pronto que tarde dará el siguiente paso, presentando una demanda ante el Tribunal de Justicia de la UE. Mientras, la Hacienda española se tendrá que pensar muy bien a quién y cómo dispara con ese arma de destrucción masiva que es el Modelo 720, sabiendo que la CE les está «apuntando» a ellos, y con mucha determinación.
Tengo pendiente redactar un nuevo post comentando todo esto. En cuanto tenga un momento lo haré.
Saludos
Alejandro del Campo
Buenas tardes,
Realmente han pasado dos meses- desde que se cumplieron los dos meses- en que España debía actuar de acuerdo a lo dictado por CE; … nada de eso, pero además, silencio sepulcral en periódicos, medios fiscales y, si me permites, hasta en tus magníficos post que tanto acompañan.
Me valdría con saber que algo se estará cociendo aunque no sepa de qué se trata.
Me consta que muchas personas (nada de evasores de noticiario) sino ahorradores desconfiados de un país que cabeceaba en su día quieren regularizar aquello que no se fiaron de hacer en 2012, pero….. silencio.
Alguien se acuerda del tema por resolver?
Saludos
Hola Javier:
Ciertamente España no ha hecho ni puñetero caso a la Comisión Europea, que claramente ordenó modificar la normativa en un plazo de 2 meses (antes del 15 abril 2017).
Me consta que España está intentando ganar tiempo ante la Comisión Europea y que ha presentado un extenso escrito con esa intención, pero me consta también que la Comisión Europea tiene clarísimo el tema, que el Modelo 720 vulnera de forma flagrante el Derecho UE y la jurisprudencia comunitaria, y más pronto que tarde dará el siguiente paso, presentando una demanda ante el Tribunal de Justicia de la UE. Mientras, la Hacienda española se tendrá que pensar muy bien a quién y cómo dispara con ese arma de destrucción masiva que es el Modelo 720, sabiendo que la CE les está «apuntando» a ellos, y con mucha determinación.
Tengo pendiente redactar un nuevo post comentando todo esto. En cuanto tenga un momento lo haré.
Saludos
Alejandro del Campo
Alejandro, mil gracias por tu tiempo y tu excelente trabajo.
Os adjunto un artículo interesante
http://www.expansion.com/economia/2017/06/30/5955786546163fa84f8b4593.html
Parece que se abre la puerta a poder regular sin consecuencias. Alejandro, que nos puedes decir de esto?
Gracias