De conformidad con la última sentencia del Tribunal Supremo, las personas que empezaron a trabajar en la banca a partir del 1 de enero de 1967, pueden solicitar el reembolso de una parte de las cantidades pagadas en la declaración anual de renta por su pensión de jubilación. Esta sentencia permite dejar libre de IRPF hasta el 25% de ésta al haber estado cotizando a la Mutualidad Laboral de Banca. Aquellas personas que hubieron empezado antes de 1967 ya se podían aplicar esta reducción, en otros términos.

Por parte de DMS Legal, se han tramitado con éxito decenas de solicitudes a la Agencia Tributaria, obteniendo la devolución de los ingresos indebidos en los ejercicios aún no prescritos. Actualmente, los expedientes se están resolviendo a una gran velocidad y la cuantía media de los reintegros está alrededor de los 3.000 euros, aunque los importes dependen de las circunstancias económicas y personales de cada contribuyente. No obstante, lo más importante es que el pensionista consolida el derecho a seguir aplicándose esta reducción en sus declaraciones de la renta de los siguientes años.

Para poder realizar esta reclamación, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber empezado a trabajar en alguna entidad bancaria a partir del 1 de enero de 1967.

  • Estar jubilado.

La documentación necesaria para esta reclamación:

  • Vida laboral.

  • Certificado a emitir por la entidad bancaria en relación a las cotizaciones efectuadas a la mutualidad laboral de banca.

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