Eso si, Hacienda aclara de nuevo que los pagos a cuenta realizados antes del 20 de agosto de 2011 con un IVA del 8% no se tienen que rectificar a la baja (con devolución de la diferencia del 4%) aunque la entrega de la vivienda se formalice antes del 31/12/2011.
Así por ejemplo, si en junio de este año compramos sobre plano una vivienda nueva que se entregará a mediados de 2012 por un precio total de 500.000 Euros + IVA:
-si se realizó un pago a cuenta del 10% en junio de 2011, el promotor debió facturar y cobrar en ese momento 50.000 + 8% IVA (4.000)
-si entre el 20 de agosto y 31 de diciembre de 2011 se hacen pagos a cuenta por otro 20%, el promotor deberá facturar y cobrar 100.000 + 4% IVA (4.000).
-si el 70% restante se va pagando a partir del 1 de enero 2012 o se paga todo a la firma de la escritura pública de compraventa a mediados de 2010, el promotor deberá facturar y cobrar 350.000 + 8% IVA (28.000).
En todo caso, cabe la posibilidad de que la rebaja del IVA para entrega de viviendas se prorrogue a partir de enero 2012 gane quien gane las próximas elecciones. De hecho, ayer se aprobó en el Senado una moción presentada por el PP y que contó con el apoyo de CiU instando al Gobierno para mantener esa rebaja del IVA, aunque aplicándola sólo a la compra de vivienda habitual y con un tope máximo de precio.
Palma, 15 de septiembre de 2011
Alejandro del Campo Zafra
Abogado-Asesor Fiscal
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