¿Qué es el preconcurso?

El Preconcurso es una institución jurídica creada para que el deudor tenga un poco más de aire y tiempo para poder relanzar la empresa. Efectivamente, de acuerdo con la ley concursal, un deudor que se encuentre en situación de insolvencia solamente tiene dos meses para solicitar el concurso desde que tiene conocimiento de dicha situación de insolvencia; si pasan estos dos meses sin solicitud, puede implicar que el concurso sea declarado culpable con graves consecuencias personales para el administrador de la sociedad o el deudor.

 

¿Qué se consigue con el preconcurso?

Con el preconcurso se consiguen dos cosas:

1.- Ganar tiempo, se amplia a 4 meses el plazo para solicitar concurso, por tanto se dispone de hasta 6 meses desde que se tiene conocimiento del estado de insolvencia.

2.- Blindaje contra la solicitud de concurso por parte de los acreedores desde que se pide el preconcurso hasta que se acaba el plazo de los seis meses.

 

¿Se detienen las ejecuciones o pagos de los acreedores?

No, el preconcurso no paraliza ningún tipo de procedimiento legal contra el deudor, ni tampoco los pagos que han de realizarse para pagar créditos, si bien es cierto que cada acreedor aunque no cobre no podrá pedir el concurso necesario durante estos cuatro meses.

 

¿Qué hay que hacer para pedir el preconcurso?

En principio solamente presentar un escrito al Juzgado de lo Mercantil comunicando que se han iniciado negociaciones para llegar a un acuerdo de refinanzamiento o para obtener una propuesta anticipada de convenio de acreedores.

 

¿Es necesario acreditar la situación de insolvencia?

Sobre este punto hay criterios jurisprudenciales diversos, si bien el mayoritario estima que no es necesario acreditarlo, que basta comunicarlo.

 

¿Es necesario acreditar el inicio de negociaciones?

A pesar de que también existe jurisprudencia diversa, la mayoritaria considera que no es necesario y que basta comunicarlo al Juzgado.

 

¿Cómo acaba la solicitud de preconcurso?

Hay dos opciones:

a.- Se solicita la declaración de concurso dentro de los 4 meses siguientes a la presentación del escrito solicitando preconcurso.

b.- La sociedad ha conseguido salir de la situación de insolvencia. Entonces no es necesario pedir el concurso de acreedores.