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Información útil sobre un despido

Como la comunicación de un despido suele ser bastante traumática para el trabajador nuestra experiencia de más de 25 años y nuestra formación específica y cualificada serán muy útiles para afrontar con garantías este momento, sin olvidar también la necesaria empatía y trato personal para dirigir y asesorar en todas las acciones necesarias.

¿Qué puedo conseguir con una demanda de despido?

Si el despido está motivado en discriminación o vulneración de derechos fundamentales, o bien el trabajador o trabajadora está en situación especial de maternidad/paternidad, reducción de jornada por guarda legal, lactancia, embarazo, proceso de fecundación artificial o bien el despido es una reacción a una reclamación de derechos laborales o bien el despedido es representante de los trabajadores se podrá solicitar la nulidad del despido, y si estiman la demanda implica:

  • La reincorporación inmediata al puesto de trabajo
  • El abono de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta que haya sentencia
  • Una indemnización extra por daños y perjuicios (habitualmente 6.251 € como mínimo).

Si no nos encontramos en una de las situaciones anteriores y conseguimos la improcedencia del despido, la empresa podrá optar entre readmitir al trabajador, abonando los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia o bien pagar una indemnización de 33 días de sueldo por año de servicio. Para aquellos trabajadores con antigüedad anterior a 2012, el cálculo de la indemnización será de 45 días de salario por año de servicio hasta febrero de 2012, y de 33 días de sueldo por año de servicio desde febrero 2012 hasta la fecha del despido.

Los salarios de tramitación desde el despido hasta la sentencia se paralizan si el despedido ha encontrado otro trabajo. Si hubiera cobrado prestaciones por desempleo, solo cobraría la diferencia entre la prestación y el sueldo que tenía.
 

 

¿Tengo que pagar costas de abogados contrarios si pierdo el juicio o tasas judiciales?

No, los trabajadores tienen libre acceso a la jurisdicción social sin estar sometidos a tasas o costes por iniciar un procedimiento de reclamación por despido. Los únicos costes que tendrá como trabajador serán nuestros honorarios.
En el caso de que se pierda el juicio no existe condena en costas para pagar al abogado o graduado social de la empresa.
Únicamente puede darse el infrecuente caso de condena al trabajador por temeridad cuando la demanda se basa en hechos absolutamente falsos y con una mala fe manifiesta. En supuestos de despidos la posibilidad de una condena por temeridad es mínima y estas multas de aproximadamente 600€ son más propias de reclamaciones de cantidades, que, por ejemplo, después se acreditan como ya cobradas.

 

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¿Qué debemos hacer si nos presentan una carta de despido?

¿Qué hago si ya tengo una carta de despido o la prueba de que me han despedido verbalmente?

¿Qué puedo conseguir con una demanda de despido?

¿Qué hacer si no nos presentan una carta de despido?

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