Ya se han convertido en comunes las intervenciones quirúrgicas para mejora de la visión o por simples cuestiones de estética. Ante las mismas, en el ámbito laboral y de seguridad social, siempre surgen las mismas dudas:
¿Tiene la empresa la obligación de dar permiso para dichas intervenciones?
¿Cobrará el trabajador la prestación por baja por incapacidad temporal?
Siendo ambos supuestos comunes, la operación de vista y la estética, hay diferencias muy notables en el tratamiento laboral de ambas.
1.OPERACIÓN DE VISIÓN.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21/06/2017, que puedes consultar aquí, resuelve favorablemente para el trabajador su derecho a la prestación por incapacidad temporal y condena a la Mutua a correr con los gastos, tanto sanitarios, como de prestación. La sentencia recuerda que el déficit de visión es una pérdida de capacidad funcional del trabajador y que por tanto debe compensarse, tanto si se corrige mediante gafas o lentillas, como si se procede a intervención quirúrgica. Si se procede a operar, el tiempo de recuperación genera el correspondiente subsidio por incapacidad temporal.
Al corresponderle una situación de baja, de la misma manera que una gripe o una lesión muscular, el tiempo de esa baja será una suspensión del contrato laboral con derecho a las prestaciones y complementos que cada convenio puedan tener previsto.
(Actualizamos al información sobre operaciones de vista hoy 5/3/2019)
Otra sentencia aún más reciente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 19/12/2018, que puedes consultar aquí, vuelve a dar la razón a la trabajadora a la que la Mutua había denegado las prestaciones de incapacidad temporal por una operación de hipermetropía de 5 dioptrías en cada ojo, con la siguiente expresión literal:
«Pues bien, este es el supuesto en el que nos encontramos en el que, si bien es cierto que la operación a que voluntariamente se ha sometido la actora para corregir su hipermetropía, ( defecto ocular que provoca la falta de nitidez o visión borrosa de los objetos próximos como consecuencia defecto de convergencia del cristalino), puede contribuir a mejoría estética porque puede librar de la corrección óptica mediante gafas o lentes de contacto, también y sobre todo, proyecta sus beneficios en el campo de la salud, porque lograr mejorar la visión, cuando esta se encuentra afectada por defecto refractivo de 5 dioptrias en cada ojo como el caso de la actora, supone mucho mas que mejorar el aspecto externo y poder prescindir de gafas que ayuden a la visión, y no solo redunda en comodidad, sino en el bienestar general que forma parte de salud entendida en los aspectos físicos y psíquicos, en lo que también se enmarcaría la situación, aunque la intervención no hubiera sido de éxito total, lo que no consta y la trabajadora hubiera de seguir utilizando gafas de menor graduación.»
(Actualizamos al información sobre operaciones de vista por sentencia del Tribunal Supremo de 8/1/2020 que puedes consultar aquí)
La última sentencia del Tribunal Supremo parece arrojar luz y color a esta cuestión que hasta ahora ha sido tan controvertida. En su sentencia de 8/1/2020 confirma que se tiene derecho a la prestación de incapacidad temporal por la intervención en clínica privada para la corrección ocular. Expresamente afirma:
«Diferente es la situación aquí contemplada en el que la trabajadora padecía una patología ocular configuradora de enfermedad que tiene diferentes tratamientos, alguno de los cuales -singularmente los más avanzados y modernos- no están cubiertos por el sistema nacional de salud. Ello no impide que voluntariamente el enfermo pueda recurrir a ellos a sus expensas, pero las consecuencias temporales incapacitantes derivadas de tales tratamientos que requieren asistencia sanitaria configuran, sin dificultad, la situación protegida por el artículo 169.1 a) LGSS, siempre y cuando el control de dicha situación se lleve a cabo por los servicios médicos públicos competentes.»
Por tanto una operación de corrección visual genera los mismos derechos al trabajador que cualquier otra situación de enfermedad y debe reconocerse en situación de incapacidad temporal con derecho a las prestaciones por baja que corresponda.
2.OPERACIÓN ESTÉTICA
Una operación estética, siempre que sea voluntaria, y no proceda de un accidente, malformación congénita o enfermedad grave, no dará derecho ni a las prestaciones ni a los permisos que otras intervenciones quirúrgicas por enfermedad sí otorgarían.
En los supuestos de operaciones estéticas voluntarias de pecho, faciales, liposuciones, etc no se da el elemento de «alteración de la salud» y por tanto la empresa no está obligada a dar días de permiso, ni la seguridad social hacerse cargo ni de los gastos sanitarios ni de las prestaciones por baja médica.
El trabajador siempre podrá solicitar días de vacaciones o pactar con el empresario unos días de permiso sin sueldo pero no podrá exigirlos como un derecho indiscutible, salvo que por ejemplo el convenio colectivo tenga previsto días por asuntos propios o similares. Salvo pacto en contrario los días de operación y reposo no serán compensados económicamente por la seguridad social.
Como única matización a lo anterior, si se produjeran complicaciones posteriores a la intervención estética sí podría considerarse en situación de incapacidad temporal.
En todo caso, también es conveniente señalar que un despido basado en ausencias injustificadas por una operación de estética sería muy arriesgado, porque una cosa es que no tenga derecho a la prestación de seguridad social y otra que no esté justificada su ausencia al trabajo.
Los criterios y pautas a seguir en situaciones como la aquí descrita las podemos consultar en la sentencia del Tribunal Supremo de 21/2/2012, que puedes consultar aquí.
CONCLUSIÓN.
Aquel trabajador con problemas de visión que proceda a operarse voluntariamente podrá tener la tranquilidad de tener derecho al tiempo necesario para la operación y su recuperación y además percibirá las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan.
Aquel trabajador que decida voluntariamente pasar por quirófano para una operación estética convendría pactarlo antes con su empresario, ya sea mediante vacaciones o permiso especial, e inicialmente no estará cubierto por ningún tipo de prestación de seguridad social.
A los únicos efectos laborales y de seguridad social más vale ver poco que verse feo…
Hola buenas estoy a la espera de operarme de cirujia laser para corregir mi miopia.
Queria saber que si estoy dos o tres dias de baja, esos dias los cobro? Me lo tiene q pagar la empresa, la.mutua, o simplemente pierdo el dinero de esos dias? Gracias
Buenos días y gracias por comentar. Como explicamos en el post la cirugía de miopía va más allá de una simple cuestión estética y puede ir a su médico de cabecera para que durante el periodo de intervención y reposo esté en situación de incapacidad temporal. En todo caso el cobro de la prestación correspondiente dependerá de su convenio colectivo, ya que la norma general es que los 3 primeros días de baja no se cobre nada, aunque muchos convenios tienen mejorada esta situación.
Pida la baja a su médico de cabecera y revise su convenio colectivo por si se cobran los 3 primeros días o no.
Otra opción, si el convenio colectivo de su sector lo tiene recogido, es pedir permiso retribuido por asuntos propios en la duración que venga en el convenio.
Saludos cordiales.
Hola me tengo que operar de una cirugía estética de piel e bajado 100 kilos me hice una reducción de estómago, y me pesa mucho la piel la reducción me la hizo la seguridad social. Quiero saber si tengo derecho a cobrar la baja medica x la operación me la hago x lo privado
Buenos días, si es solo estética te podrían denegar la prestación de la baja, si se puede relacionar con una cuestión de salud real, recomendada por médicos especialistas sí podrías pedir la prestación. Coméntaselo a tu médico de cabecera y plantea la operación por una cuestión de salud no de estética a ver si te da la baja médica. La cuestión esencial es si nos encontramos ante una recomendación médica de salud o es una operación voluntaria simplemente estética.
Suerte
Me van a operar de cataratas pagando por que en el hospital estoy en lista de espera y como esta la situación con lo del covid he preferido hacerlo particular tengo derecho a la baja laboral
Si queda imposibilitado temporalmente para trabajar y la intervención está recomendada por un profesional médico sí, sin duda!
Buenos días, en abril me voy a operar del pecho, en principio para quitarme unos bultos, pero también para un levantamiento de pecho. El médico de cabecera me puede dar la baja?
Sí, si es una recomendación médica y puede justificar que no es puramente estética. Necesitará informe médico de su ginecóloga o del especialista que haya recomendado la intervención.
Hola buenas tardes, quería plantearle una cuestión. Tengo estrabismo divergente en el ojo derecho de 30 grados. Desde que nací tengo este problema, junto con el ojo vago de dicho ojo y pérdida de visión.
Me opero en marzo de este año (2021), he cogido vacaciones para operación, por lo que tendría una semana entre medias desde el día de la operación hasta el día que me debo incorporar. Quisiera saber si me corresponde baja laboral o se considera estética. Y si me mi oftalmólogo (privado) puede hacer algo para que sea así. Vivo en Córdoba (Andalucia).
Intenta que tu doctor de cabecera emita la baja médica. Si puedes solicita a tu especialista un informe en el que recomiende la intervención por motivos de mejora de calidad de vida y salud. Debería tramitarse como baja de incapacidad temporal si la operación está recomendada por un oftalmólogo.
Gracias por comentar.
Hola, me van a operar de estrabismo en marzo a través de la mutua en Barcelona. La doctora/oftalmóloga dice que por ley debo estar de baja 28 días.
Mi pregunta es la siguiente, la baja la tramita la oftalmóloga de la mutua o el médico de cabecera? Es que de momento no estoy empadronada y no tengo médico de cabecera.
Gracias,
YR
Su doctor de cabecera es quien debe tramitar su baja médica. Ahora con el Covid está complicado pero es el servicio público de salud de su comunidad autónoma quien lo debe informar.
Hola. Buenos días! Quiero operarme de los ojos. Ponerme lente. Ya, que para mi trabajo las gafas son muy incómodas. Mi pregunta es, si tengo derecho a baja por mutua o seguridad social.los ojos no lo operan juntos. Hacen uno cada, semana por lo tanto sería baja de 15 días. Es posible baja, de 15 días?? Mi problema, es, de presbicia. Osea pérdida de vista por edad.. Gracias. Un sqludi
Buenos días. Por lo que comenta sí tendría derecho a incapacidad temporal que tendría que tramitar su médico de cabecera. Suerte.
Hola buenas tarde! Referente a la baja que te comento y me afirmas que si.. que puedo cogerla…(por peracion de la vista) Pero esta te la paga la, seguridad social o la mutua???
Gracias
Si estás de alta en una empresa del 4º al 15º día el coste lo asume ella, si la baja fuera más larga ya el coste lo asume la Mutua o la seguridad social según lo tenga concertado tu empleadora.
Buenas tardes
Mi consulta es sobre aumento mamario
Tenía informado por el medico de cabecera, que con el informe del cirujano reflejado los días de reposo, el me hacia la baja de dichos días pero no recibiría prestación económica
Trabajo para la administración pública y quiero asegurarme que eso continua siendo así
Desde personal, me informan que no hay problema estar unos días de baja, pero se que una vez se curse la baja, al ser estética, pasa por el inspector
Gracias
Si no hay ninguna prescripción médica de especialista la inspección puede denegar la prestación. En estos casos lo mejor es pedir días de vacaciones o permiso no retribuido. En todo caso si el médico de cabecera cursa la baja, esas faltas al trabajo estarán justificadas e incluso cabe la posibilidad de que se tramiten como una baja normal.
Buen día mi hijo se opero de miopía.. y su médico de cabecera le a negado la baja según el médico no le corresponde por este tipo de operación este es así? y que puedo hacer
Buenos días, es justo lo que comentamos en este post. Si la intervención no es estética si no que la miopía perjudica su vida diaria o profesional tiene derecho a la prestación de la seguridad social. Si no se lo reconocen puede reclamar la prestación por los días que no haya podido trabajar. Es cierto que los importes serán mínimos y pocos días, por lo que un procedimiento judicial puede no salir a cuenta salvo que pueda acudir a un abogado de oficio o al menos intentarlo sin coste profesional en vía administrativa.
Suerte
Hola , buenas me operé de unos xantaslema en ambos ojos ,me operé x privado mi doctora de cabecera me dio la baja ,me pueden descontar dinero?
Si la intervención no es estética y está aconsejada por un profesional médico no deberían ponerle problemas. Además si ya está tramitada la baja es poco probable que la revisen si ya está de alta.
Hola me voy a operar en un hospital público de un edema linfático congénito (malformacion congènita que provoca acumulación de linfa en las extremidades(Dicha cirugía está recomendada por un profesional de la sanidad publuca.Es una cirugía estética reparadora ¿Voy a tener problemas con la mutua?¿Pueden dejar de pagarme o sancionarme de algún modo el tiempo que este de baja?Muchísimas gracias
Si la operación deriva de recomendación de un facultativo del Servicio Público de Salud no le deberían poner pegas. Si le deniegan o le dan de alta reclame si no está conforme.
Buenos días.Estoy operada de aumento de pecho,tengo una rotura intracapsular de la prótesis y me tengo que operar otra vez.Puedo pedir la baja médica? Podría recibir remuneración ese tiempo de baja? Trabajo en la Administración Pública.
Buenos días, lo que son complicaciones en operaciones de estética se deberían tratar como incapacidades temporales con prestaciones, pero va a depender de su médico del Servicio Público. En todo caso por convenio colectivo también se suelen conceder días para asuntos propios o permisos especiales retribuidos. Si no es por una vía que sea por la otra.
Hola, quisiera operarme de cirugía estética aprovechando que estoy de baja laboral por fractura de fémur. Podría hacerlo o tendría algun problema si revisaran mi baja?
Si la intervención estética no repercute en el tiempo de curación o mejora de la lesión por la que está de baja, no debería repercutir.
Hola,
me voy a someter para corregir mi miopia,
tiene derecho mi esposo a 2 días de permisio por esa operación?
La intervención quirúrgica que requiere reposo domiciliario de un esposo da lugar al derecho a dos días de permiso retribuido(como mínimo si el convenio colectivo no lo mejora).
Hola me hice una operación de hernia umbilical y aproveché una abdominoplastia, tengo la baja de la seguridad social en una semana tengo la cita con la mutua del trabajo.Mi pregunta es pueden poner algúna pega si ven que también tengo la abdominoplastia?
La operación de hernia no tiene nada que ver con estética por lo que no deberían ponerle ninguna pega.
Hola hace unos días me operé en la clínica privada .una de las prótesis se dio la vuelta y mi cirujana me aconsejó operar lo antes posible .quería sabeer su tengo derecho a recibir la prestación de la baja temporal
Las complicaciones en cirugías privadas sí pueden dar lugar a bajas médicas laborales. Tiene que acudir con los informes médicos pertinentes a su médico de cabecera.
Suerte.
Hola buenas tardes. Me he sometido a una crujía de mamas ya no por estética, si no por los problemas psicológicos que llevaba años sufriendo a cuenta de tener mamas tuberosas. Mi médico de cabecera me dió la baja ahora me han llamado de inspección médica para darme una cita. Le pueden denegar ellos la prestación? Gracias
Buenos días, podrían pero no deberían.
Buenas tardes! Me quiero operar en Estambul, una reducción de estómago. La lista de espera es muy larga y no puedo esperar más por problemas de peso.
Tengo derecho a baja laboral?
Gracias de antemano
Buenos días,
El pasado 11 de junio me operé de miopía y mi médico me dio la baja pues bien ahora la inspección médica me ha anulado la baja porque alega que la operación no está contemplada en la cartera del sistema de salud.
Voy a presentar una reclamación, puesto que teniendo en cuenta las últimas sentencias si tengo derecho al reconocimiento de la baja por it.
gracias
Buenos días Doctor, me vas a operar de estrabismo del ojo derecho en octubre el día 8, pero se me están planteando dudas y no por la operación porque estoy decidida, es más bien el miedo que tengo después de la intervención porque será muy probable que tenga que estar unos días de baja, mi pregunta es : al ser más bien una operación de estética que si es verdad que este problema de estrabismo me ha ocasionado toda la vida algún problema como restarme campo de visión y tener que girar la cabeza o meter más de lo normal el ojo que tengo bien, la baja se supone que me la tiene que tramitar la ss, pero al ser por lo privado me entra la duda si me la va a cubrir o voy a tener problemas con mi empresa, ay dios eso me está agobiando mucho, más que la operación en sí.
Gracias y disculpa las molestias.
Hola!
Estoy organizando una intervención de reducción de pecho, tengo varios problemas de salud debido a esto.
Trabajo para la sanidad Pública y enlazo un contrato con otro, y querría saber si además del derecho a baja laboral tendría saber a la prestación de esos días de baja médica.
Muchas gracias.
Siempre y cuando la intervención cuenta con una recomendación médica por razones de salud, sí deberían darla de baja y abonar la prestación que corresponda, si está trabajando.
Saludos
Buenos días.
Estoy a la espera de una intervención quirúrgica para «reconstruir» mi ombligo.
Me hice una salpingectomía, y al hacerme la laparoscopia me destrozaron el ombligo, tanto que no puedo ponerme ningún pantalón alto por los roces, un vestido ajustado me molesta y estéticamente es espantoso cómo lo dejaron.
¿Tengo derecho a ausentarme del trabajo para consultas por ser cirujano plástico?
¿Tengo derecho a ausentarme por cirugía?
Todo es por la Seguridad Social, no por privado.
Gracias
Si es por la seguridad social es claro que no es cirugía estética por simple interés privado, por lo que siempre que esté recomendado por los facultativos de la seguridad social no deberían ponerle ningún problema.
Suerte
Hola, tengo una empleada que se ha hecho un transplante de cejas por estetica ya q las tenia muy finas, en un principio acordamos q lo haría en sus vacaciones de invierno, pero el primer dia q se ausentó me llegó su baja medica por enfermedad común, la llamo para pedir explicaciones y me dice que se la ha dado la medico y contra esa decisión no tengo nada q cuestionar… y asi estamos lleva ya mas de una semana de baja y tiene revisión a los 15dias, por lo q me he asesorado nada puedo hacer ya q la baja es por enfermedad común donde a mi no se me especifica nada más en el parte y si yo reclamo pueden alegar algo psicológico asi q estas batallas veo q por mucha jurisprudencia estan perdidas…
Claro que tiene que cuestionar. Puede presentar un escrito a la Inspección Medica de su municipio y ellos podrían revisar esta baja si consideran que no procede.
Hola buenas tardes quería saber si tengo derecho a estar de baja o pedir el día de la operación ala empresa
La operación es en el pecho que tengo un tumor
Evidentemente sí. Un tumor en el pecho no puede ser considerado en ningún caso una cuestión estética y debe acudir a su médico de cabecera para que le dé la baja por los días que esté impedida para trabajar, no solo la operación si no los posteriores que requiera reposo.
Gracias por comentar.
Hola, van a operar a mi mujer del Miopia y Astigmatismo en un hospital privado.
En el convenio que tengo pone que si a un familiar se hacen una Operación sin hospitalización me corresponden dos dias. Se puede consideran esa operación estética o por salud?
Depende de las dioptrías que tenga. Si son pocas podría entenderse más una cuestión estética que sanitaria pero en todo caso y referente a un permiso yo lo solicitaría avisando a la empresa de la intervención y esperando a su contestación.
HOLA. Empecé a trabajar y a los 45 días cogí una baja por enfermedad común…aún no tenía los 180 días cotizados en los ultimos 5 años, aún sigo de baja y ya tengo cotizados los 180 días…ya tendría derecho a cobrar?
Gracias.
Buenos dìas. El requisito de carencia se debe cumplir en el inicio de la incapacidad temporal. Si acabara la actual y tuviera una nueva baja, que no fuera por recaída de la anterior, y ya llevara 180 días cotizados sí tendría derecho a la prestación.
Suerte.
Hola, el tema es el siguiente, llevo 3 años y 7 meses en un restaurante a la barbacoa o parrilla . Siendo el cocinero en la parrilla durante todo este tiempo . Ahora se esta viendo afectada la vista por . El carbon por la temperatura por las cenizas del carbon .
Y me he notado molestias a causa de unas cataratas en cada ojo. He ido a la gestoría y el gestor me dijo q si no es un accidente en el momento no puedo acudir a la mutua . Quiero operarme los dos ojos . Y la pregunta es , puedo pedir las prestaciones correspondiente a los dias de baja permiso en la empresa para ello . Gracias
Si la operación no es estética está claro que debe pedir las prestaciones de baja correspondientes. Otro tema independiente es reclamar que la patología que tiene deriva de su trabajo, no hace falta que sea repentino, si no lo importante es si el trabajo es el causante de la enfermedad. Si así fuera puede pedir que la seguridad social determine la contingencia y que se le declare como derivada de accidente laboral.
Hola , me quiero someter a una operación de estética por lo privado , mi médico de cabecera me debe de dar la baja pero esos dias la empresa me los pagaria?
Las operaciones de estética no están cubiertas con prestaciones de incapacidad temporal. Si su empresa consiente esos días como permiso retribuido o vacaciones sí se lo pagarán si no no.