El 2 de noviembre 2012 el Gobierno Balear presentó el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares 2013, que trae consigo una importante reforma fiscal.

Aún no se conocen todos los detalles, pero el Gobierno Balear ha anunciado las siguientes medidas tributarias:
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Finalmente van a pagar Impuesto Patrimonio las personas residentes en Baleares que tengan un “patrimonio superior a 1.000.000 €”. Está por ver si se refieren a contribuyentes con patrimonio superior al mínimo exento de 700.000 € y con vivienda habitual exenta hasta los 300.000 €.
Se ha anunciando que es un impuesto “provisional” y que se cobrará “2 años”, por lo que es evidente que se pretende aplicar con efectos inmediatos, ya para 2012 (estamos a finales de este año pero este Impuesto no se devenga hasta el 31 diciembre). El Impuesto Patrimonio 2012 se pagaría en 2013 y el de 2013 se cobraría en 2014.
Hay que recordar que el Estado (el anterior Gobierno socialista) restableció este Impuesto para los años 2011 y 2012 (mediante Real Decreto-ley 13/2011 de 16 de septiembre), y que el actual Gobierno ha decidido prorrogarlo para 2013 y así está previsto en el Proyecto de Ley por la que se adoptan diversas medidas tributarias publicado en el Boletín Oficial de las Cortes General el 4 octubre 2012 y que acompañará a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013.
Los residentes en Baleares no pagaron Impuesto Patrimonio 2011 porque el Gobierno Balear estableció una bonificación  del 100% mediante Decreto Ley 6/2011 de Medidas Tributarias Urgentes, aprobado por el Consejo de Gobierno de Baleares el 2 de diciembre 2011 (BOIB 6/12/2011). Madrid y Valencia también decidieron no cobrarlo a sus residentes.
Ahora Baleares, al igual que Valencia, ha decidido restablecer el Impuesto y aplicarlo ya para 2012, por lo que Madrid es la única Comunidad Autónoma que seguirá sin cobrarlo a sus residentes.
Se ha anunciado que la tarifa es progresiva y que oscila entre el 0,2% y el 0,5%, aunque debe tratarse de un error ya que la tarifa establecida en la Ley estatal llega hasta el 2,5%.
Si Baleares no modifica la normativa estatal cada persona podrá descontar el valor de su vivienda habitual hasta un máximo de 300.000 € y además tendrá un mínimo exento de 700.000 €. Hay otros bienes exentos, por los que no se tributa, como por ejemplo los afectos a actividades económicas o las participaciones en sociedades que desarrollen verdaderas actividades económicas, cumpliendo determinados requisitos. Una vez aplicados esos descuentos, el resto del patrimonio tributará en base a una escala progresiva entre el 0,2% y el 2,5%.
Con el restablecimiento de este Impuesto Baleares pretende recaudar 24,8 millones de euros.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES
Se ha anunciado un nuevo incremento de este Impuesto (ITP) que es el que se aplica por la adquisición de inmuebles de segunda mano.
Hasta el 30 abril 2012 el tipo general del ITP en Baleares era un tipo fijo del 7%.
A partir del 1 de mayo 2012, el tipo general del ITP en Baleares pasó a ser progresivo (7% hasta 300.000, 8% desde 300.000 a 500.000, 9% de 500.000 a 700.000 y 10% a partir de 700.000), en virtud de lo establecido en el Decreto-ley 4/2012, de 30 de marzo, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
Ahora, el Gobierno Balear anuncia para 2013 un incremento del tramo inferior del 7% al 8% y un aumento de la tributación en los tramos más elevados.
El Gobierno Balear justifica este nuevo incremento indicando que así se aproxima la tributación de la adquisición de inmuebles de segunda mano (sujeta a ITP) con la tributación de la adquisición de inmuebles de primera mano (sujeta a IVA).
Hay que recordar que la entrega de viviendas nuevas está sujeta al IVA 4% hasta el 31/12/2012 y que a partir de esa fecha estará sujeta al IVA 10%. La entrega por empresarios de solares u otros inmuebles nuevos (locales, naves, etc.) está sujeta al tipo general del IVA que actualmente es el 21%.
A partir 2013 las ventas de inmuebles en Baleares por particulares (y también determinadas ventas de inmuebles de segunda mano entre empresarios) quedarán sujetas al ITP desde el 8% hasta el ¿10%?.
IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Se ha anunciado un incremento de este Impuesto (AJD) que tiene mucha más importancia de lo que puede parecer. Pasará del 1% al 1,2%.
Este Impuesto es el que grava la formalización en escritura pública de muchas operaciones muy habituales:
-compraventa de inmuebles sujeta a IVA (a partir de 1/1/2013 por la compra de una vivienda nueva se tendrá que pagar IVA 10% más AJD 1,2%)
-constitución de hipotecas en garantía de préstamos bancarios (se pagará AJD 1,2% sobre el importe total garantizado por la hipoteca)
-obra nueva,
-división horizontal,
-extinción de condominio
-etc.
Las personas que tengan pendiente formalizar alguna de esas operaciones pueden conseguir un ahorro significativo haciéndolo antes del 31/12/2012.
Con el incremento del ITP y AJD Baleares pretende recaudar 39,7 millones de euros.

REFORMA FISCAL VERDE
Se ha anunciado también la introducción y desarrollo de tributos medioambientales:
-Impuesto sobre envases de bebidas
-Impuesto sobre el daño medioambiental producido por la utilización de vehículos de alquiler sin conductor (rent a car)
-Impuesto sobre el daño mediambiental causado por las grandes áreas de venta
-Cánon de saneamiento de aguas
Con todo, aunque el Gobierno Balear ha señalado que la reforma fiscal contenida en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Baleares 2013 “intenta tener el mínimo impacto sobre el conjunto de la ciudadanía”, lo cierto es que el incremento del ITP y AJD puede tener una gran incidencia y afectar muy negativamente al ya muy deprimido sector inmobiliario, y que los tributos medioambientales terminarán trasladándose a los precios y afectando a todos los consumidores.
EN CUANTO TENGAMOS ACCESO AL TEXTO INTEGRO DEL PROYECTO DE LEY PRESUPUESTOS BALEARES 2013 PUBLICAREMOS INFORMACIÓN MÁS DETALLADA SOBRE LA REFORMA FISCAL ANUNCIADA.