Baleares subirá impuestos en 2016: el IRPF a las rentas altas, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Transmisiones ….

Tras las elecciones autonómicas del pasado 24 de mayo, los tres partidos que conforman el actual Gobierno en Baleares (PSIB-PSOE, MÉS y PODEMOS) firmaron un “Acuerdo de Gobernabilidad para las Islas Baleares.

En materia de FISCALIDAD llegaron a los siguientes acuerdos programáticos (en negrita y cursiva):

 

Ver ACTUALIZACIÓN 2/11/2015 en que se confirma esa subida de impuestos: BALEARES 2016 ¿INFIERNO FISCAL?

 

1.-IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

“Se estudiará la progresividad del último tramo y la posibilidad de introducir nuevos tramos en la parte superior”

En Baleares para el 2015 la renta general (sueldos, alquileres, rendimientos empresariales, etc.) tributa en IRPF aplicando la siguiente escala (*):

ESCALA IRPF BALEARES 2015 RENTA GENERAL

(*) Tarifa agregada actualizada preparada por http://www.impuestosparaandarporcasa.es/2015/08/tipos-irpf-2015/

En 2016 podrían crearse nuevos tramos en la parte superior de la escala para aplicar tipos autonómicos incrementados. Confiemos en que no se lleguen a los tipos totales del 48% que actualmente se pagan en otras CCAA (Andalucía, Cataluña, etc.).

Esta posible subida del IRPF afecta exclusivamente a personas residentes en España/Baleares y, desde luego, podría desincentivar a muchos extranjeros que se plantean fijar aquí su residencia fiscal.

2.-IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

“Se estudiará la rebaja de la exención de los actuales 800.000€ a los 700.000€”.

El Impuesto Patrimonio iba a quedar suprimido automáticamente a partir 2015, pero el Gobierno estatal ha decidido prorrogarlo y mantenerlo un año más, para 2016.

La Ley estatal establece un mínimo exento de 700.000€ (aplicable a personas residentes y a no residentes) y a partir de ese mínimo se aplica una escala con tipos del 0,2 al 2,5%.

El anterior Gobierno balear estableció para 2015 un mínimo exento de 800.000€ para sus residentes (aplicable también a residentes de otros Estados de la UE o del EEE con inmuebles en Baleares).

Para 2016 el actual Gobierno balear podría subir el impuesto rebajando el mínimo exento nuevamente hasta los 700.000€. Confiemos en que no lo rebajen aún más, como en Cataluña que lo tiene fijado en 500.000€, y en que durante 2016 se afronte la reforma pendiente del sistema de financiación autonómica y se decida la supresión definitiva de este impuesto, tal y como proponían los expertos que asesoraron al actual Gobierno estatal para su Reforma Fiscal.

3.-IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

“Se mantendrá la tributación del 1% de la herencia de primer grado por consanguinidad y afinidad hasta 700.000€. Se estudiará la progresividad a partir de 600.000€”.

Actualmente a las herencias entre familiares directos que deban tributar en Baleares (cuando el fallecido es residente en esta Comunidad y sus herederos residentes en España) se les aplica una deducción autonómica que determina una tributación máxima del 1% sobre la base imponible (sea cual sea el valor de lo heredado). También se aplica esa deducción balear en determinadas herencias con no residentes por las que se tributa ante la Hacienda estatal, como por ejemplo herencia entre cónyuges residentes en UE o EEE con inmueble en Baleares, herencia entre padre residente en UE o EEE sin bienes en España a favor de hijo residente en Baleares, etc.

En 2016 podría modificarse la normativa balear para mantener la tributación máxima del 1% hasta un valor heredado de 600.000-700.000€, y aplicar una escala progresiva a partir de esa cuantía. De momento, no tenemos información sobre qué tipos podría establecer Baleares para 2016, pero en nuestra opinión la futura reforma del sistema de financiación autonómica que podría iniciarse en 2016, tras las elecciones de finales de 2015, podría llevar a una armonización del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en toda España, evitando las importantísimas diferencias de tributación entre residentes de diferentes CCAA.

Esa armonización (forzada por la Sentencia del TJUE de 3/9/14 que prohibió la discriminación de no residentes y por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 18/3/15 que ha venido a cuestionar la discriminación de residentes) podría suponer subidas en CCAA “baratas” (Baleares, Madrid, etc.) y rebajas en CCAA “caras” (Andalucía, Cataluña, etc.). En ese sentido, los Expertos que asesoraron al Gobierno para su Reforma Fiscal proponían que la normativa estatal fijara unos límites máximos y mínimos, dentro de los cuales pudieran moverse las capacidades normativas autonómicas. Proponían tipos en las proximidades del 4-5% para transmisiones entre familiares directos.

4.-IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES

“Se estudiará incrementar la progresividad a partir de transmisiones de 2.000.000€, creándose un nuevo tramo”

Actualmente se paga en Baleares por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas un 8% por la adquisición de inmuebles de hasta 400.000€, un 9% por lo que exceda de ese valor hasta 600.000€ y un 10% a partir de 600.000€.

Podría crearse un nuevo tramo a partir de 2.000.000 y con un tipo del 11% (por ej. en Extremadura se paga el 11% a partir de 600.000)

Este incremento del ITP afectaría sobre todo a no residentes, que son los que más están invirtiendo en inmuebles sitos en Baleares con valor muy elevado.

 

Con todo, se trata de posibles cambios acordados por MÉS, PSIB-PSOE y PODEMOS pero todavía pendientes de aprobación, por lo que habrá que ver cómo se terminan concretando. Pronto se dará a conocer al Proyecto de Ley de Presupuestos de Baleares para 2016 y tendremos más información.

Palma, 16 septiembre 2015

Alejandro del Campo Zafra

Abogado-Asesor Fiscal

www.consultingdms.com

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