Cuando se aceptan HERENCIAS CON INMUEBLES, suele ser habitual declarar dichos inmuebles con valores inferiores a sus valores reales, con la intención de reducir los costes e impuestos derivados de dicha aceptación: Impuesto de Sucesiones, Notario, Registro, etc.
En muchos casos esa forma de actuar puede ser un GRAN ERROR. El valor que puede interesar declarar para los inmuebles dependerá de si se trata de una herencia “barata” o de una herencia “cara”, y también de la intención o no de vender o transmitir los inmuebles heredados a corto o medio plazo.
Autor: Alejandro del Campo Zafra