Fotografías de menores, de desconocidos o comentarios de todo tipo se han convertido en habituales de redes sociales y la frecuencia de sentencias sobre vulneración del derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen o despidos fundamentados en Facebook aumentan.

¿Cuáles son los límites y los riesgos legales en nuestro uso diario de las redes?

Pueden existir conceptos confusos, pero aplicando un poco de sentido común llegaremos a la conclusión que aquello que no se nos ocurriría hacer en medio de una calle transitada no podemos hacerlo en Facebook. Evidente ¿no?

¿Cogerías a un niño y lo pondrías en pañales en medio de una plaza, identificando su nombre o domicilio para que lo viera todo el mundo y le hicieran fotos?

¿Te pondrías a gritar en medio de una avenida que tu ex amigo es un pederasta o un ladrón?

¿Dejarías que tu hijo fuera repartiendo folletos con su imagen en bañador, diciendo donde vive, su nombre, su teléfono o qué ideología tiene?

Pues esto es lo que hacemos a menudo.

En nuestra vida 2.0 tenemos dos momentos críticos respecto a riesgos legales. Primero cuando nos registramos como usuarios y aceptamos políticas de privacidad, el segundo cuando usamos la red.

Ese primer momento tendrá muchas implicaciones futuras. Una correcta configuración de privacidad será esencial para tu legado virtual.

Como no te vas a leer las condiciones de uso, al menos sé consciente que estás autorizando acciones que ni imaginas y que tus gustos, amistades y comentarios van a estar accesibles a terceros que no conoces de nada, porque así lo has aceptado.

En el uso habitual es donde debemos ser más precavidos. El primer concepto claro que debemos tener: una foto, siempre que pueda identificar a una persona es un dato personal. Por tanto, ya no solo es que no podamos publicar fotos de terceros que invadan su intimidad o  su honor, es que además como dato personal, no podemos difundirlo sin límite o sin consentimiento del afectado. Ojo, que no solo estoy hablando de un conocido que se abraza contigo en la foto, detrás de ti puede haber alguien al que no le haga gracia que divulgues al mundo lo que estaba haciendo aquel día, o peor aún, con quién…

Como con casos reales todo se entiende mejor, veamos algunos:

La Agencia de Protección de Datos multó con 3.000€ a un entrenador de fútbol de Palencia por publicar en su perfil de Facebook una foto con 11 niños con indumentaria deportiva. Como no tenía consentimiento de los menores, por lo que debería haber extremado las cautelas, le cayó el palo.

La Audiencia Provincial de Palma condenó a un menor de edad, por publicar en internet fotos en ropa interior de otra menor, a 60 horas de trabajos comunitarios, alejamiento de la perjudicada y a pagar 3.000€ a la afectada, por cierto, la condena del pago también a sus padres.

También son frecuentes las sanciones o condenas por delitos de tráfico por subir videos en los que se evidencian imprudencias al volante o exceso de velocidad. El ego de los kamikazes no tiene límite, antes muerto que no subido a la red.

En todo caso, algunos se salvan. La semana pasada se publicó una sentencia del TSJ de Extremadura que declaró improcedente un despido de un trabajador que publicó en su Facebook este comentario sobre su empresa “Esta vida se vive sólo una vez y hay que ser humildes y no ser un HIJO DE PUTAAA». La empresa le había negado un permiso por fallecimiento de un familiar y un calentón, por mucha difusión que se le dé lo puede tener cualquiera…

Igualmente llamativa fue la demanda de una joven austriaca contra sus padres por avergonzarla en Facebook al no parar de publicar fotos suyas desde la infancia.

Para acabar, consejos finales:

  • No publiques fotos de menores sin consentimiento de sus padres.
  • No difundas fotos de terceros en situaciones comprometidas y si recibes una queja de alguien, elimínala al momento de la red.
  • Toda publicación podrá ser visualizada incluso cuando te des de baja en una red. Hay gran cantidad de fotos que provocan conflictos legales laborales o personales. Yo soy el primero en investigar redes sociales en numerosos casos.
  • Lo que publicas en Facebook tiene más repercusión que en cualquier chat privado o email, no es lo mismo insultar a alguien en un email que en la red.
  • Configura tu perfil de privacidad.
  • Controla a tus hijos y explícales qué es la privacidad y los riesgos que supone su vulnerabilidad. Fórmalos. Igual que siempre se ha dicho que no acepten regalos de extraños, tampoco deben aceptar amistades de desconocidos.
  • Si actúas online con un alias mejor que con tu nombre real.

En todo caso siempre nos quedará el derecho al olvido, o no… aunque eso da para otro artículo.

(Copia en castellano del artículo de opinión publicado en el diario AraBalears, puedes ver el original aquí)