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Novedades fiscales ley presupuestos generales del estado 2010

Diciembre, 23 2010

NOVEDADES FISCALES

LEY PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010

El 24 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la LEY 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Se comentan a continuación, sin pretender hacer un análisis exhaustivo, algunas de las importantes NOVEDADES FISCALES que se introducen en la referida Ley

Alguna modificación tiene efectos inmediatos, y debe tenerse en cuenta en los primeros días de enero, como es la referida al ALQUILER DE LOCALES DE NEGOCIO (sujetos a IVA y a retención), que se comentará en el último apartado de esta circular.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

A partir del 1 de enero de 2010:

-Se suprime con carácter general la deducción de hasta 400 € por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Esto se traduce en una elevación automática de las retenciones que soportan en nómina los trabajadores, junto con una subida en la cuantía de los pagos fraccionados para actividades económicas, tanto en estimación directa como en estimación objetiva.

-La Renta del Ahorro (intereses, dividendos, seguros, ganancias por transmisiones de inmuebles, acciones o fondos de inversión, etc.), que hasta ahora tributaba al tipo fijo del 18%, pasa a tributar según escala: los primeros 6.000 € al 19% y desde 6.000 € en adelante al 21%.

-El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, etc.), sobre ganancias de fondos de inversión, sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos (alquileres), pasa del 18% al 19%.

Se mantienen las mismas retenciones sobre los rendimientos derivados de actividades económicas: 15% sobre rendimientos de actividades profesionales (7% en el inicio de estas actividades), 1% sobre rendimientos de actividades empresariales en estimación objetiva (módulos), etc.

Para los ejercicios 2009 (efectos retroactivos), 2010 y 2011, los contribuyentes que ejerzan actividades económicas (con cifra de negocios inferior a 5.000.000 € y plantilla media inferior a 25 empleados) y que mantengan o creen empleo en esos períodos podrán reducir en un 20% el rendimiento neto positivo declarado.

Para el ejercicio 2010 NO hay cambios en la deducción por inversión en vivienda habitual.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Para los períodos impositivos iniciados en 2009 (efectos retroactivos), 2010 y 2011, las entidades (con cifra de negocios inferior a 5.000.000 € y plantilla media inferior a 25 empleados) que mantengan o creen empleo en esos períodos podrán aplicar un tipo de gravamen reducido: al 20% por la base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 €, y al 25% por la parte de base imponible restante.

El tipo general de retención (sobre rendimientos del capital mobiliario, alquileres, etc.) pasa del 18% al 19%.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Con efectos desde el 1 DE JULIO DE 2010 se incrementan los Tipos de Gravamen:

-El Tipo General pasará del 16% al 18%.

-El Tipo Reducido pasará del 7% al 8%.

INTERES LEGAL, INTERES DE DEMORA, IPREM 2010

Interés legal = 4%, Interés de demora tributario = 5%

IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) = 6.390,13 € sin pagas extras, 7.455,14 € con pagas extras

TRIBUTACION DE ARRENDAMIENTOS DE LOCALES DE NEGOCIO

Con los cambios que se acaban de comentar, los impuestos aplicables al cobro de alquileres de locales de negocios (los alquileres de viviendas en principio están exentos de IVA y no sujetos a retención) quedarán como sigue:

RECIBO ALQUILER

HASTA EL 31/12/2009 RECIBO ALQUILER

A PARTIR DEL 1/1/2010 RECIBO ALQUILER

A PARTIR DEL 1/7/2010

ALQUILER (Base) 100,00

+ 16 % IVA 16,00

-18% IRPF/IS 18,00

Total = 98,00

ALQUILER (Base) 100,00

+ 16 % IVA 16,00

-19% IRPF/IS 19,00

Total = 97,00

ALQUILER (Base) 100,00

+ 18 % IVA 18,00

-19% IRPF/IS 19,00

Total = 99,00

Palma, 29 de diciembre de 2009

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Autor: Alejandro del Campo Zafra

Abogado-Asesor fiscal

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