DE LA NECESITAD DE UN CORRECTO ASESORAMIENTO PREVIO EN LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS, CHALETS, etc.
Desde siempre esta firma de abogados y asesores ha aconsejado un riguroso y completo asesoramiento previo en la compra de inmuebles (solares, chalets, casas...)y en la construcción de obra nueva o reforma.
En este caso, ahora que se procede a derribar viviendas de un altísimo valor económico, pone en evidencia la necesidad de realizar un previo estudio urbanístico, civil y legal en general para evitar situaciones realmente dramáticas.
más info »El pasado 1 de noviembre de 2011, entró en vigor la Ley 37/2011 de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, la cual –entre otras cosas- ha introducido toda una serie de medidas novadoras que pretenden tanto la simplificación de los procedimientos de desahucio como la reducción de sus costes y duración, entre las cuales cabe destacar el requerimiento que hará el Secretario judicial cuando reciba la demanda el demandado para que en el plazo de 10 días desaloje el inmueble, pague al actor o formule oposición.
más info »El 3 de febrero de 2011 se firmó el NUEVO CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y ALEMANIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO. El texto del nuevo Convenio se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del 18 de marzo de 2011 y ya ha sido objeto de tramitación y aprobación parlamentaria en España. Sin embargo, en Alemania se inició la tramitación parlamentaria en octubre 2011 por lo que previsiblemente entrará en vigor a partir del 1 enero 2013, sustituyendo al anterior Convenio firmado en 1966, que todavía está vigente.
más info »Se trata de una herramienta para calcular de forma muy rápida y sencilla el Impuesto sobre la Renta a pagar por particulares personas físicas sobre ganancias derivadas de la transmisión de inmuebles en 2012 (por venta, por donación, etc). La herramienta aplica automáticamente los coeficientes de actualización del valor de adquisición y los importantes coeficientes reductores por transmisión de inmuebles adquiridos antes de 1994. Se calcula el impuesto a pagar tanto por personas con residencia fiscal en España como por no residentes, aplicando los tipos de gravamen incrementados establecido por el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre: 27% máximo para residentes (antes 21%) y 21% para no residentes (antes 19%).
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