NOVEDADES FISCALES REAL DECRETO-LEY 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo
El Real Decreto-Ley 13/2010, publicado el 3 de diciembre en un número extraordinario del BOE, contiene importantes medidas que pueden haber pasado desapercibidas por coincidir su aprobación con el grave conflicto con los controladores aéreos que llevó a la declaración del Estado de Alarma el día siguiente.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Con efectos a partir del 1 de enero 2011 pueden acogerse a los incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión aquellas entidades con una cifra de negocios inferior a 10.000.000 €. (hasta ahora, esta cifra tenía que ser inferior a 8.000.000 €). Esas empresas:
-podrán tributar al 25% hasta los 300.000 € de beneficio y al 30% lo que exceda (hasta ahora, tributaban al 25% hasta 120.202 € y al 30% el resto)
-no tendrán obligación de documentar las operaciones con personas o entidades vinculadas siempre que el total de estas operaciones no supere el importe conjunto de 100.000 € de valor de mercado.
LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN
Tanto las sociedades como los empresarios o profesionales personas físicas podrán amortizar libremente las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015.
EXENCIÓN DEL IMPUESTO PARA OPERACIONES SOCIETARIAS
Desde el 3 de diciembre 2010 quedan exentas del Impuesto de Operaciones Societarias (1%): “La constitución de sociedades, el aumento de capital, las aportaciones que efectúen los socios que no supongan aumento de capital y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad ……”
SUPRESIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DEL PAGO DE LA CUOTA CAMERAL
Se elimina la obligatoriedad con carácter inmediato para las empresas de reducida dimensión y, para el resto, se establece un periodo transitorio a lo largo de todo el año 2011. La pertenencia a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación pasa a ser voluntaria.
REDUCCIÓN DE COSTES Y DE PLAZOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS, y para la adopción de actos societarios.
Se pretende que la constitución de una sociedad limitada pueda llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno o cinco días, y con aranceles notariales y registrales más reducidos.
Se eliminan las obligaciones de publicidad en periódicos de actos societarios tales como constitución, modificación de estatutos, reducción de capital, convocatoria de juntas de accionistas o disolución.
Palma, 9 de diciembre de 2010.
Autor: Alejandro del Campo Zafra
Abogado-Asesor fiscal