Con el objeto de estimular la venta de inmuebles, el Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero (BOE 12/5/2012) ha introducido un importante y novedoso incentivo fiscal: Las personas físicas o jurídicas, residentes o no residentes, que adquieran inmuebles urbanos (viviendas, aparcamientos, oficinas, locales, solares, etc.) desde el 12 mayo hasta el 31 diciembre 2012 sólo pagarán impuestos sobre el 50% de la ganancia que puedan obtener cuando los transmitan.
more info »El Impuesto sobre el Incremento Valor Terrenos Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal) lo cobran los Ayuntamientos por las transmisiones de inmuebles urbanos (viviendas, locales, solares, etc.) por cualquier título (compraventa, herencia, donación, etc.). Este impuesto, que tantas discusiones ha provocado entre vendedores y compradores (según ley debe pagar el vendedor pero muchas veces lo ha terminado asumiendo el comprador), cada vez está cobrando más importancia y, de hecho, en muchas herencias se está pagando por Plusvalía Municipal mucho más que por Impuesto Sucesiones.
more info »En el BOIB del 31/3/2012 se publicó el Decreto-ley 4/2012, de 30 de marzo, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la Comunidad Autónoma de Islas Baleares, por el que se incrementa a partir de 1 de mayo 2012 el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) aplicable con carácter general en la transmisión de inmuebles en Baleares por particulares (o por empresarios cuando no queden sujetas a IVA). Desde esa fecha, los compradores en lugar de pagar el 7% tendrán que pagar en base a una escala progresiva del 7% al 10%.
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